La deducción por compra de vivienda habitual se suprimió en 2013, pero quien compró antes la sigue aplicando en un régimen transitorio (disposición transitoria 18.ª de la Ley del IRPF).
Cómo se calcula
- Base = lo que pagaste en el año por la vivienda: cuotas de la hipoteca (capital e intereses), gastos y seguros vinculados.
- Límite de 9.040 € por declaración individual. Si sois dos titulares que declaráis por separado, cada uno tiene su propio límite sobre su parte.
- Deducción = 15 % de la base con el límite (la mitad en el tramo estatal y la mitad en el autonómico): como máximo 1.356 € por persona.
Ejemplo
Pagas 9.500 € al año de hipoteca y eres el único titular:
- base: 9.040 € (el límite);
- deducción: 15 % × 9.040 = 1.356 €;
- los 460 € pagados por encima del límite no deducen.
Si la hipoteca es de los dos y declaráis por separado, cada uno deduce el 15 % de 4.750 €: 712,50 € cada uno, 1.425 € en total.
Si compraste después de 2013
No hay deducción estatal. Algunas comunidades tienen deducciones propias por compra de vivienda de jóvenes o en zonas rurales: consúltalas en el manual de Renta de la Agencia Tributaria.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Quién puede aplicarla todavía?
Quien compró su vivienda habitual (o pagó cantidades para construirla) antes del 1 de enero de 2013 y se aplicó la deducción en algún ejercicio anterior a 2013. Tiene que seguir siendo su vivienda habitual.
¿Qué cantidades cuentan?
Las cuotas de la hipoteca (capital e intereses), los gastos de la compra y los seguros de vida y hogar vinculados al préstamo, siempre que los pagues tú.
¿Se pierde si cambio de hipoteca?
No, si el nuevo préstamo sirve solo para pagar el anterior (subrogación o novación). Si amplías el importe, la parte ampliada no da derecho a deducción.